El derecho de cada persona a tomar sus propias decisiones en temas de salud está claramente reconocido por la legislación vigente y constituye uno de los principios fundamentales en la ética asistencial (principio de autonomía). Pero, ¿qué ocurre cuando el paciente no está en condiciones de comprender la información médica o de tomar decisiones al respecto?

Elaborar un documento de Voluntades Anticipadas es una manera de continuar ejerciendo la autodeterminación personal en momentos de pérdida de la capacidad para decidir, justamente cuando es más importante que se respeten los propios valores e indicaciones.

Mediante este documento se prolonga el respeto al derecho de autonomía, que en ese momento el paciente no puede ejercer por él mismo. En esa situación, su existencia facilita la toma de decisiones a profesionales y familiares.

Elaborar el documento representa, además, una buena oportunidad para que cada persona reflexione, con la ayuda de su médico y otras personas de confianza, sobre cómo quiere ser atendida en situaciones de extrema gravedad o de final de vida. No hace falta esperar a tener una enfermedad grave o terminal para planteárselo y los equipos médicos deben animar a sus pacientes a que lo hagan.

Para que el documento tenga validez oficial tiene que cumplir unos requisitos determinados y es mejor utilizar alguno de los modelos de documento reconocidos.

En el tríptico adjunto (elaborado por el CEA territorial) se explica con más detalle el procedimiento de Voluntades anticipadas. Aunque el CEA está trabajando en la nueva versión, que se difundirá lo antes posible, puedes consultarlo en este link:

Voluntades Anticipadas_Tríptico (2.7 MB ) (2 páginas)

Una vez elaborado el documento es esencial que pueda ser consultado cuando llegue el momento. Tanto la familia como el médico responsable tienen que conocer su existencia y conviene que conste en la historia clínica y en el registro oficial de documentos de Voluntades Anticipadas, donde puede ser consultado por los profesionales.

Una vez elaborado, puede ser modificado o suprimido cuando la persona lo desee. Llegado el momento de utilizarlo, favorece el proceso de diálogo entre familia y profesionales y facilita la toma de decisiones. En los casos en los que existan dificultades para interpretar la voluntad expresada o surjan discrepancias entre familiares o personas vinculadas al paciente y profesionales, los Comités de Ética Asistencial (CEA) pueden ser de gran ayuda.


¿Qué son los Comités de Ética Asistencial (CEA)?

Los CEAS son órganos consultivos, de composición multidisciplinar, que integran diferentes ideologías morales de su entorno, que ayudan a los ciudadanos y a los profesionales de la salud a orientar su actuación en aquellos casos en que existan conflictos morales en la práctica clínica, basándose en el respeto por la dignidad de las personas y por los derechos humanos.

Su constitución es voluntaria, depende de la decisión de cada centro sanitario. Como órganos consultivos, sus recomendaciones no son vinculantes (no son de obligado cumplimiento). Sus funciones son asesorar cuando se solicite su opinión en casos que planteen conflictos de tipo moral, elaborar guías sobre consejos de actuación en situaciones conflictivas frecuentes y colaborar en la formación en materia de bioética de los profesionales.

Desde 2015 existe un CEA de los cuatro hospitales del territorio acreditado oficialmente por la Direcció General de Recursos Sanitarios. Cualquier profesional, paciente o familiar puede hacer llegar sus consultas a través de algún vocal del CEA, a través de los teléfonos que constan en las webs de cada hospital o a través del correo: ceabarcelon@quironsalud.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva

Puedes encontrar más información y vídeos sobre el CEA en la web de Teknon, AQUÍ.Este enlace se abrirá en una ventana nueva